La interposición de un amparo directo contra una resolución del Tribunal Fiscal de la Federación que ya favorece al quejoso constituye un ejercicio abusivo del juicio de amparo, susceptible de sanción pecuniaria.
Se considera un ejercicio abusivo del juicio de amparo cuando se interpone sin motivo, como ocurre al promoverlo contra una sentencia del Tribunal Fiscal de la Federación que ya concedió la nulidad lisa y llana de la resolución impugnada. Esta práctica retrasa la impartición de justicia, por lo que procede imponer una multa a la quejosa con fundamento en el artículo 81 de la Ley de Amparo.
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