La Suprema Corte de Justicia de la Nación es competente para conocer del recurso de revisión interpuesto contra la sentencia dictada por un Tribunal Colegiado de Circuito en amparo directo, cuando el asunto revista un interés excepcional en materia constitucional o de derechos humanos, conforme a la fracción IX del artículo 107 constitucional.
El presente extracto corresponde a un amparo directo en revisión promovido contra la sentencia de un Tribunal Colegiado de Circuito. La Suprema Corte de Justicia de la Nación analiza su competencia para conocer del asunto, la cual se actualiza al cumplirse los requisitos de procedencia establecidos en la fracción IX del artículo 107 constitucional, particularmente cuando el caso reviste un interés excepcional en materia constitucional o de derechos humanos. Se confirma la oportunidad del recurso.
Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.