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122/2024TCC11ª Época✓ Fuente verificada
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Primer Tribunal Colegiado en Materias Penal y Administrativa del Décimo Séptimo Circuito· tema sin holding extraído

La autoridad fiscal interpuso recurso de revisión en contra de la sentencia dictada por la Sala Regional del Norte Centro I del Tribunal Federal de Justicia Administrativa, en el juicio contencioso fiscal 501/24-04-01-4-OT. Sin embargo, durante la tramitación del presente medio de defensa, este Tribunal Colegiado resolvió el juicio de amparo directo fiscal 334/2024, promovido por la misma contribuyente (Dora Elsa Medina Domínguez), en el que se determinó el sobreseimiento del juicio de amparo por haberse actualizado la causal prevista en el artículo 61, fracción XXII, en relación con el 63, fracción V, ambos de la Ley de Amparo, al haber cesado los efectos del acto reclamado. Ello, porque la autoridad fiscalizadora actualizó de oficio el Registro Federal de Contribuyentes de la promovente, reincorporándola al Régimen Simplificado de Confianza en virtud del Transitorio Tercero de la Segunda Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2024, lo que satisfizo plenamente la pretensión de la contribuyente y dejó sin materia el acto originalmente impugnado. Por tanto, se declara sin materia el recurso de revisión fiscal promovido por la autoridad recurrente.

Expediente
122/2024
Tribunal
Primer Tribunal Colegiado en Materias Penal y Administrativa del Décimo Séptimo Circuito
Ponente
Mario Humberto Gámez Roldán
Fecha
28 nov 2025
Materia
administrativa
Sentido

Tema · autorreporte del tribunal

La autoridad fiscal interpuso recurso de revisión en contra de la sentencia dictada por la Sala Regional del Norte Centro I del Tribunal Federal de Justicia Administrativa, en el juicio contencioso fiscal 501/24-04-01-4-OT. Sin embargo, durante la tramitación del presente medio de defensa, este Tribunal Colegiado resolvió el juicio de amparo directo fiscal 334/2024, promovido por la misma contribuyente (Dora Elsa Medina Domínguez), en el que se determinó el sobreseimiento del juicio de amparo por haberse actualizado la causal prevista en el artículo 61, fracción XXII, en relación con el 63, fracción V, ambos de la Ley de Amparo, al haber cesado los efectos del acto reclamado. Ello, porque la autoridad fiscalizadora actualizó de oficio el Registro Federal de Contribuyentes de la promovente, reincorporándola al Régimen Simplificado de Confianza en virtud del Transitorio Tercero de la Segunda Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2024, lo que satisfizo plenamente la pretensión de la contribuyente y dejó sin materia el acto originalmente impugnado. Por tanto, se declara sin materia el recurso de revisión fiscal promovido por la autoridad recurrente.

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