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290/2023OtroSCJN11ª Época✓ Fuente verificada
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PRIMERA SALA

La responsabilidad estatal de proteger la pensión jubilatoria de las actuaciones de terceros que vulneren el derecho de seguridad social, el mínimo vital o el derecho a un procedimiento para la afectación patrimonial, debe subsanarse tomando en cuenta la perspectiva de persona mayor, conforme al parámetro de los derechos fundamentales.

Expediente
290/2023
Tribunal
Suprema Corte de Justicia de la Nación
Ponente
ALFREDO GUTIÉRREZ ORTIZ MENA
Fecha
3 abr 2024
Materia
sin clasificar
Sentido
otro

Holding · resolución sintética

La responsabilidad estatal de proteger la pensión jubilatoria de las actuaciones de terceros que vulneren el derecho de seguridad social, el mínimo vital o el derecho a un procedimiento para la afectación patrimonial, debe subsanarse tomando en cuenta la perspectiva de persona mayor, conforme al parámetro de los derechos fundamentales.

Resumen

El derecho al mínimo vital trasciende a las materias laboral y fiscal, abarcando medidas estatales para respetar la dignidad humana. Los Principios de las Naciones Unidas y la Declaración de Brasilia resaltan la responsabilidad de los gobiernos de promover servicios sociales y de salud básicos para personas de edad. Las autoridades deben garantizar que las medidas se apliquen conforme a la ley y al Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, protegiendo el derecho a la seguridad social contra restricciones arbitrarias.

Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.