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611/2019TCC10ª Época✓ Fuente verificada
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Tercer Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Cuarto Circuito

La suspensión definitiva es improcedente contra la aplicación y efectos de las disposiciones fiscales que establecen la obligación de los contribuyentes de presentar un autorreporte de operaciones relevantes, pues dicha obligación no puede considerarse de tracto sucesivo ni de imposible reparación.

Expediente
611/2019
Tribunal
Tercer Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Cuarto Circuito
Ponente
Jorge Meza Pérez
Fecha
20 ago 2020
Materia
administrativa
Sentido

Holding · resolución sintética

La suspensión definitiva es improcedente contra la aplicación y efectos de las disposiciones fiscales que establecen la obligación de los contribuyentes de presentar un autorreporte de operaciones relevantes, pues dicha obligación no puede considerarse de tracto sucesivo ni de imposible reparación.

Resumen

El tribunal colegiado revocó la resolución recurrida y negó la suspensión definitiva solicitada contra la aplicación y efectos de los incisos a) y b) de la fracción VI del artículo 25 de la Ley de Ingresos de la Federación para el ejercicio fiscal de dos mil diecinueve. La improcedencia de la suspensión se fundamenta en que la obligación de presentar un autorreporte de operaciones relevantes no es de tracto sucesivo ni de imposible reparación, lo que impide su paralización mediante el juicio de amparo en la etapa de suspensión.

Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.