El otorgamiento unilateral de pensiones por jubilación por parte de un Congreso estatal con cargo al presupuesto del Poder Judicial local, sin la transferencia de recursos suficientes, vulnera la autonomía presupuestaria y la independencia de este último, constituyendo una forma de subordinación.
La Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación resolvió una controversia constitucional promovida por el Poder Judicial del Estado de Morelos contra un decreto del Congreso local que otorgaba una pensión por jubilación con cargo al presupuesto del Poder Judicial, sin transferir los recursos necesarios. La Sala determinó que esta acción vulnera la autonomía e independencia presupuestaria del Poder Judicial, al constituir una forma de subordinación y una intromisión indebida en la gestión de sus recursos. Por ello, se declaró la invalidez parcial del decreto en la porción que ordenaba el pago con cargo al presupuesto del Poder Judicial sin la debida provisión de fondos.
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