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1882/25-13-02-1ConcedeTFJANiega · revoca acto11ª Época✓ Fuente verificada
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TFJA · Segunda Sala Regional en Veracruz EC3

La nulidad lisa y llana de una resolución administrativa procede cuando la autoridad demandada no acredita su competencia territorial, al no invocar los preceptos legales que le facultan para actuar en el municipio donde se llevó a cabo la audiencia de conciliación.

Expediente
1882/25-13-02-1
Tribunal
Tribunal Federal de Justicia Administrativa
Ponente
Fecha
10 jul 2026
Materia
fiscal
Sentido
concede

Holding · resolución sintética

La nulidad lisa y llana de una resolución administrativa procede cuando la autoridad demandada no acredita su competencia territorial, al no invocar los preceptos legales que le facultan para actuar en el municipio donde se llevó a cabo la audiencia de conciliación.

Resumen

La Segunda Sala Regional en Veracruz declaró la nulidad lisa y llana de una multa impuesta por un Conciliador Laboral. El tribunal determinó que, si bien el conciliador contaba con facultades para imponer multas según el Reglamento Interior del Centro de Conciliación Laboral, no acreditó su competencia territorial para actuar en el municipio de Xalapa, Veracruz. Al no citar los preceptos legales que le permitieran actuar en dicho lugar, la autoridad no demostró su competencia territorial, actualizando una causal de ilegalidad y, por ende, la nulidad del acto impugnado.

Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.