Tercer Tribunal Colegiado del Vigésimo Séptimo Circuito, con residencia en Cancún, Quintana Roo· tema sin holding extraído
Modifica, niega por una parte y concede por otra; Inoperantes en cuanto a la constitucionalidad del artículo 28 fracción XXX de la Ley del Impuesto sobre la Renta, porque en el amparo en revisión conexo se declaró fundado el motivo de disenso y se revocó la sentencia para negar el amparo, por lo que no existe afectación al satisfacerse su pretensión.
Inoperantes respecto al artículo 27, fracción XI, por existir jurisprudencia del máximo tribunal, en el sentido de que viola el principio de equidad tributaria.
Fundados. Subsiste la concesión del amparo respecto de este último numeral y se concede el amparo para los efectos fijados por el máximo tribunal en jurisprudencia.
Expediente
285/2014
Tribunal
Tercer Tribunal Colegiado del Vigésimo Séptimo Circuito, con residencia en Cancún, Quintana Roo
Ponente
Selina Haidé Avante Juárez
Fecha
29 nov 2018
Materia
administrativa
Sentido
Tema · autorreporte del tribunal
Modifica, niega por una parte y concede por otra; Inoperantes en cuanto a la constitucionalidad del artículo 28 fracción XXX de la Ley del Impuesto sobre la Renta, porque en el amparo en revisión conexo se declaró fundado el motivo de disenso y se revocó la sentencia para negar el amparo, por lo que no existe afectación al satisfacerse su pretensión.
Inoperantes respecto al artículo 27, fracción XI, por existir jurisprudencia del máximo tribunal, en el sentido de que viola el principio de equidad tributaria.
Fundados. Subsiste la concesión del amparo respecto de este último numeral y se concede el amparo para los efectos fijados por el máximo tribunal en jurisprudencia.
Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.