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345/2021NiegaTCC11ª Época✓ Fuente verificada
Verificado contra fuente oficial
SJF · Ejecutoria

La Ley de los Trabajadores al Servicio del Estado de Puebla no vulnera los principios de igualdad y no discriminación al no prever el pago de la prima de antigüedad, pues otorga prestaciones por antigüedad a los servidores públicos que, en su conjunto, exceden a dicha prestación, como son los quinquenios y las pensiones.

Expediente
345/2021
Tribunal
Gaceta del Semanario Judicial de la Federación
Ponente
Fecha
28 mar 2022
Materia
sin clasificar
Sentido
niega

Holding · resolución sintética

La Ley de los Trabajadores al Servicio del Estado de Puebla no vulnera los principios de igualdad y no discriminación al no prever el pago de la prima de antigüedad, pues otorga prestaciones por antigüedad a los servidores públicos que, en su conjunto, exceden a dicha prestación, como son los quinquenios y las pensiones.

Resumen

El presente caso analiza si la Ley de los Trabajadores al Servicio del Estado de Puebla, al no contemplar el pago de la prima de antigüedad, contraviene los principios de igualdad y no discriminación. La quejosa argumentó que esta omisión generaba una desigualdad de derechos respecto a los trabajadores del apartado A del artículo 123 constitucional. El tribunal determinó que dicha ley no vulnera dichos principios, ya que si bien no prevé la prima de antigüedad, sí otorga a los servidores públicos prestaciones por antigüedad (quinquenios y pensiones) que, en su conjunto, son superiores a la prima de antigüedad, evitando así un trato discriminatorio y un doble pago.

Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.