La improcedencia de los agravios en un recurso de queja contra una resolución sobre defectos de ejecución, cuando se invocan cuestiones ajenas a la litis original del amparo, impide su análisis y determina su ineficacia.
En un recurso de queja contra una resolución sobre defectos de ejecución, no es procedente invocar agravios que planteen cuestiones ajenas a la litis del juicio de amparo original. Esto incluye argumentos sobre la improcedencia del juicio que debieron haberse planteado en su momento. Por lo tanto, los agravios que se apartan de la materia de la queja son ineficaces e improcedentes.
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