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1789/2026Juzgado11ª Época✓ Fuente verificada
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Juzgado Noveno de Distrito en Materia de Trabajo en la Ciudad de México

La suspensión definitiva se concede para el efecto de que el quejoso no sea privado de su libertad personal, ni de los derechos inherentes a su patrimonio, hasta en tanto se resuelva el juicio de amparo en el fondo.

Expediente
1789/2026
Tribunal
Juzgado Noveno de Distrito en Materia de Trabajo en la Ciudad de México
Ponente
Norma Montserrat Torres Contreras
Fecha
19 may 2026
Materia
laboral
Sentido

Holding · resolución sintética

La suspensión definitiva se concede para el efecto de que el quejoso no sea privado de su libertad personal, ni de los derechos inherentes a su patrimonio, hasta en tanto se resuelva el juicio de amparo en el fondo.

Resumen

Se concedió la suspensión definitiva en un incidente de suspensión. El juzgado determinó que la medida cautelar es procedente para evitar que el quejoso sea privado de su libertad o de sus derechos patrimoniales, hasta que se dicte sentencia en el juicio de amparo principal.

Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.