InvestigaciónDocumento
En línea
OtroTCCTesis aislada9ª Época✓ Fuente verificada
Verificado contra fuente oficial
SJF · Tesis

La facultad de comprobación prevista en el artículo 144, fracción XI, de la Ley Aduanera, al ser distinta de la visita domiciliaria, no contraviene la garantía de inviolabilidad del domicilio y seguridad jurídica consagradas en el artículo 16 de la Constitución Federal.

Expediente
Tribunal
Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta
Ponente
Fecha
1 jul 2006
Materia
constitucional
Sentido
otro

Holding · resolución sintética

La facultad de comprobación prevista en el artículo 144, fracción XI, de la Ley Aduanera, al ser distinta de la visita domiciliaria, no contraviene la garantía de inviolabilidad del domicilio y seguridad jurídica consagradas en el artículo 16 de la Constitución Federal.

Resumen

El décimo primer párrafo del artículo 16 constitucional protege la inviolabilidad del domicilio y la seguridad jurídica ante las facultades de verificación de las autoridades. Se determina que el artículo 144, fracción XI, de la Ley Aduanera, al establecer una facultad de comprobación distinta a la visita domiciliaria, no viola la Constitución. Esto se debe a que el Constituyente solo reguló constitucionalmente la visita domiciliaria, permitiendo al legislador ordinario crear otras facultades de comprobación en materia fiscal y aduanera.

Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.