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1078/2020Juzgado11ª Época✓ Fuente verificada
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Juzgado Segundo de Distrito del Centro Auxiliar de la Primera Región, con residencia en la Ciudad de México

El sobreseimiento del juicio de amparo procede cuando el quejoso no comparece a notificarse del auto que admite a trámite la demanda, sin que ello implique una renuncia expresa a su derecho de acción.

Expediente
1078/2020
Tribunal
Juzgado Segundo de Distrito del Centro Auxiliar de la Primera Región, con residencia en la Ciudad de México
Ponente
Abel Méndez Corona
Fecha
25 nov 2021
Materia
administrativa
Sentido

Holding · resolución sintética

El sobreseimiento del juicio de amparo procede cuando el quejoso no comparece a notificarse del auto que admite a trámite la demanda, sin que ello implique una renuncia expresa a su derecho de acción.

Resumen

El presente asunto se relaciona con el sobreseimiento de un juicio de amparo promovido contra un decreto que reformó diversas disposiciones fiscales. El juzgado determinó sobreseer el juicio, argumentando que el quejoso no acudió a notificarse del auto que admitió a trámite su demanda. Esta decisión se fundamenta en la incomparecencia del quejoso, lo cual, según el tribunal, no constituye una renuncia explícita a su derecho de acción, pero sí justifica el sobreseimiento del procedimiento.

Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.