El Tribunal de Justicia Administrativa del Estado de Morelos es un órgano dotado de plena autonomía jurisdiccional para dictar sus fallos, sin estar adscrito al Poder Judicial, siendo competente para dirimir las controversias de carácter administrativo y fiscal suscitadas entre la administración pública estatal o municipal, sus organismos auxiliares y los particulares.
Se analiza la constitucionalidad del decreto Mil Seiscientos Veintiuno (1621) del Estado de Morelos, que aprueba el Presupuesto de Egresos para el ejercicio fiscal 2024. El decreto, en su artículo DÉCIMO OCTAVO, párrafo tercero, establece las facultades del Tribunal de Justicia Administrativa local. La Constitución Política del Estado de Morelos, en concordancia con el decreto, dota al Tribunal de plena autonomía jurisdiccional para resolver controversias administrativas y fiscales, así como asuntos de responsabilidades de servidores públicos, sin adscripción al Poder Judicial.
Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.