Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Décimo Circuito, con residencia en Villa Hermosa, Tabasco· tema sin holding extraído
Son infundados los conceptos de violación porque la quejosa omitió presentar diversas declaraciones dentro de los plazos legales, tratándose de dicha conducta, procede imponer una multa por cada declaración no presentada en tiempo y en el caso fue correcto que la autoridad demandada aplicara la multa mínima prevista en el artículo 82, fracción I inciso d) del Código Fiscal de la Federación, sin que sea obstáculo para ello el hecho de que en requerimiento se le apercibiera con la aplicación de la multa a que se refieren el inciso b) de la fracción I del mencionado artículo, toda vez que para que se actualice la hipótesis prevista en el inciso d) no es necesario que medie requerimiento alguno.
Expediente
148/2023
Tribunal
Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Décimo Circuito, con residencia en Villa Hermosa, Tabasco
Ponente
Miguel Ángel González Escalante
Fecha
23 may 2024
Materia
administrativa
Sentido
Tema · autorreporte del tribunal
Son infundados los conceptos de violación porque la quejosa omitió presentar diversas declaraciones dentro de los plazos legales, tratándose de dicha conducta, procede imponer una multa por cada declaración no presentada en tiempo y en el caso fue correcto que la autoridad demandada aplicara la multa mínima prevista en el artículo 82, fracción I inciso d) del Código Fiscal de la Federación, sin que sea obstáculo para ello el hecho de que en requerimiento se le apercibiera con la aplicación de la multa a que se refieren el inciso b) de la fracción I del mencionado artículo, toda vez que para que se actualice la hipótesis prevista en el inciso d) no es necesario que medie requerimiento alguno.
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