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400/2019NiegaJuzgado10ª Época✓ Fuente verificada
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Juzgado Séptimo de Distrito en Materia de Amparo Civil, Administrativa y de Trabajo y Juicios Federales en el Estado de Puebla

La inconstitucionalidad de los artículos 25, fracción VI, incisos a) y b), de la Ley de Ingresos de la Federación para el ejercicio fiscal dos mil diecinueve, así como de la Sexta Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2018 y sus anexos 1-A y 23, particularmente la Regla 2.3.19, resulta infundada, lo que conduce a negar el amparo.

Expediente
400/2019
Tribunal
Juzgado Séptimo de Distrito en Materia de Amparo Civil, Administrativa y de Trabajo y Juicios Federales en el Estado de Puebla
Ponente
Israel Flores Rodríguez
Fecha
17 may 2019
Materia
administrativa
Sentido
niega

Holding · resolución sintética

La inconstitucionalidad de los artículos 25, fracción VI, incisos a) y b), de la Ley de Ingresos de la Federación para el ejercicio fiscal dos mil diecinueve, así como de la Sexta Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2018 y sus anexos 1-A y 23, particularmente la Regla 2.3.19, resulta infundada, lo que conduce a negar el amparo.

Resumen

El Juzgado Séptimo de Distrito en Puebla resolvió negar el amparo a un quejoso que impugnaba la inconstitucionalidad de diversas disposiciones fiscales. Los argumentos presentados para demostrar la inconstitucionalidad de la Ley de Ingresos de la Federación para 2019 y la Resolución Miscelánea Fiscal para 2018, incluyendo la Regla 2.3.19, fueron declarados infundados. Por lo tanto, se negó la protección de la Justicia de la Unión.

Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.