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25/2024OtroSCJN11ª Época✓ Fuente verificada
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SEGUNDA SALA

La subrogación de la obligación del Instituto Mexicano del Seguro Social de pagar la indemnización por riesgo de trabajo, prevista en el artículo 53 de la Ley Federal del Trabajo, es procedente aun cuando la indemnización por muerte del trabajador no sea un beneficio contemplado en la Ley del Seguro Social.

Expediente
25/2024
Tribunal
Suprema Corte de Justicia de la Nación
Ponente
LENIA BATRES GUADARRAMA
Fecha
28 ago 2024
Materia
sin clasificar
Sentido
otro

Holding · resolución sintética

La subrogación de la obligación del Instituto Mexicano del Seguro Social de pagar la indemnización por riesgo de trabajo, prevista en el artículo 53 de la Ley Federal del Trabajo, es procedente aun cuando la indemnización por muerte del trabajador no sea un beneficio contemplado en la Ley del Seguro Social.

Resumen

El presente caso aborda la subrogación de la obligación del IMSS para pagar indemnizaciones por riesgos de trabajo. El Colegiado determinó que el IMSS sí subroga la obligación del patrón de pagar la indemnización correspondiente por riesgo de trabajo, conforme al artículo 53 de la Ley Federal del Trabajo. Esto es así, incluso si la indemnización por muerte del trabajador no está contemplada directamente en la Ley del Seguro Social, ya que su aplicación es independiente y autónoma de esta última.

Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.