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5184/2015NiegaTCC10ª Época✓ Fuente verificada
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SJF · Ejecutoria

El recurso de revisión en amparo directo es improcedente cuando los agravios se limitan a cuestiones de legalidad o reproducen los conceptos de violación sin controvertir las consideraciones de la sentencia recurrida sobre constitucionalidad.

Expediente
5184/2015
Tribunal
Gaceta del Semanario Judicial de la Federación
Ponente
Fecha
23 may 2016
Materia
sin clasificar
Sentido
niega

Holding · resolución sintética

El recurso de revisión en amparo directo es improcedente cuando los agravios se limitan a cuestiones de legalidad o reproducen los conceptos de violación sin controvertir las consideraciones de la sentencia recurrida sobre constitucionalidad.

Resumen

La Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación declaró improcedente un recurso de revisión en amparo directo. Determinó que los agravios presentados por la recurrente eran inoperantes por reiterar los conceptos de violación sin combatir las consideraciones del Tribunal Colegiado respecto a la constitucionalidad de las normas impugnadas. Asimismo, calificó de ineficaces los agravios restantes por tratarse de cuestiones de mera legalidad, lo cual es ajeno a la materia de procedencia de este tipo de recursos.

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