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227/2025SCJN11ª Época✓ Fuente verificada
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PLENO

La imposición de la prisión preventiva oficiosa, al ser una medida cautelar que restringe la libertad personal, debe ser interpretada de manera restrictiva y su aplicación debe estar justificada en cada caso concreto, respetando los principios de excepcionalidad y proporcionalidad.

Expediente
227/2025
Tribunal
Suprema Corte de Justicia de la Nación
Ponente
HUGO AGUILAR ORTIZ
Fecha
22 oct 2025
Materia
sin clasificar
Sentido

Holding · resolución sintética

La imposición de la prisión preventiva oficiosa, al ser una medida cautelar que restringe la libertad personal, debe ser interpretada de manera restrictiva y su aplicación debe estar justificada en cada caso concreto, respetando los principios de excepcionalidad y proporcionalidad.

Resumen

El presente asunto aborda la constitucionalidad de la prisión preventiva oficiosa. La parte quejosa argumenta la violación de diversos derechos fundamentales contenidos en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. A pesar de que en el expediente se observa una sentencia condenatoria pendiente de resolución en apelación, la Suprema Corte analiza la procedencia de la medida cautelar de prisión preventiva oficiosa a la luz de los derechos humanos.

Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.