La inconstitucionalidad de una ley o la interpretación directa de un precepto constitucional son materias de legalidad que deben ser analizadas por el Tribunal Colegiado de Circuito, aun cuando el quejoso no ofrezca pruebas de descargo.
El presente caso aborda la omisión de un Tribunal Colegiado de Circuito de pronunciarse sobre la inconstitucionalidad de una ley o la interpretación directa de un precepto constitucional, a pesar de que el quejoso lo solicitó en sus conceptos de violación. La Suprema Corte establece que estas cuestiones son de legalidad y deben ser analizadas por el tribunal, independientemente de que el quejoso haya ofrecido o no pruebas de descargo. Se cita una tesis de la Primera Sala que declara inoperantes los agravios sobre inconstitucionalidad cuando la interpretación atribuida al tribunal es distinta a la que consta en la sentencia recurrida.
Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.