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1086/2019NiegaSCJN10ª Época✓ Fuente verificada
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PRIMERA SALA

Las autoridades fiscales, al ejercer sus facultades de comprobación, pueden requerir al contribuyente la exhibición de información y documentación contable en sus oficinas, siempre que ello ocurra dentro del plazo legal establecido para la conclusión de la visita domiciliaria o revisión de gabinete, y se comprueben hechos diferentes a los ya revisados.

Expediente
1086/2019
Tribunal
Suprema Corte de Justicia de la Nación
Ponente
JUAN LUIS GONZÁLEZ ALCÁNTARA CARRANCÁ
Fecha
22 jul 2020
Materia
sin clasificar
Sentido
niega

Holding · resolución sintética

Las autoridades fiscales, al ejercer sus facultades de comprobación, pueden requerir al contribuyente la exhibición de información y documentación contable en sus oficinas, siempre que ello ocurra dentro del plazo legal establecido para la conclusión de la visita domiciliaria o revisión de gabinete, y se comprueben hechos diferentes a los ya revisados.

Resumen

La Suprema Corte de Justicia de la Nación analiza la facultad de las autoridades fiscales para requerir información contable a los contribuyentes. Se determina que, si bien la facultad de comprobación principal es la visita domiciliaria, las autoridades pueden solicitar documentación en sus oficinas. Esto es válido siempre que se realice dentro del plazo de doce meses para concluir la visita o revisión de gabinete, y se comprueben hechos distintos a los previamente examinados, respetando las limitaciones legales.

Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.