El auto de requerimiento de pago y embargo no constituye una sentencia definitiva, laudo o resolución que ponga fin al juicio, por lo que es improcedente el amparo directo en su contra.
El tribunal determinó que carece de competencia para conocer de un amparo directo contra un auto de requerimiento de pago y embargo. Explicó que dicho acto no es una sentencia definitiva, laudo o resolución que ponga fin al juicio, sino un acto de ejecución que no decide la controversia principal. Por lo anterior, declinó la competencia a favor del Juez de Distrito en turno.
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