La interpretación de las disposiciones fiscales relativas a la devolución de un estímulo fiscal no constituye un pronunciamiento de constitucionalidad que habilite la procedencia del recurso de revisión fiscal.
El presente caso analiza la procedencia de un recurso de revisión fiscal interpuesto por el Secretario de Hacienda y Crédito Público. La quejosa solicitó la devolución de un impuesto especial sobre producción y servicios, argumentando la inconstitucionalidad de un artículo de la Ley de Ingresos de la Federación por exigir requisitos no previstos. El tribunal colegiado concedió el amparo al considerar que la autoridad fiscal no podía exigir requisitos adicionales a los establecidos legalmente. La Suprema Corte determinó que la interpretación de dichas disposiciones, aunque pudiera ser incorrecta desde la perspectiva de legalidad, no implicó un estudio de constitucionalidad que diera pauta a la procedencia del recurso.
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