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636/2021OtroSCJN11ª Época✓ Fuente verificada
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PRIMERA SALA

La caducidad de la instancia, en los juicios mercantiles, anula los actos procesales y sus consecuencias, pero no extingue las relaciones sustantivas entre las partes.

Expediente
636/2021
Tribunal
Suprema Corte de Justicia de la Nación
Ponente
ALFREDO GUTIÉRREZ ORTIZ MENA
Fecha
22 sep 2021
Materia
sin clasificar
Sentido
otro

Holding · resolución sintética

La caducidad de la instancia, en los juicios mercantiles, anula los actos procesales y sus consecuencias, pero no extingue las relaciones sustantivas entre las partes.

Resumen

El presente caso analiza los efectos de la caducidad de la instancia en juicios mercantiles, específicamente lo dispuesto por el artículo 378 del Código de Comercio. La Suprema Corte de Justicia de la Nación determinó que la caducidad tiene como efecto anular todos los actos procesales y sus consecuencias, considerando la demanda como no presentada, y prohibiendo la invocación de lo actuado en procesos caducos en controversias futuras. Sin embargo, se precisó que esta figura no afecta las relaciones de derecho sustantivo existentes entre las partes.

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