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231/2020Juzgado11ª Época✓ Fuente verificada
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Juzgado Octavo de Distrito en Materia de Amparo Civil, Administrativa y de Trabajo y Juicios Federales en el Estado de Puebla· tema sin holding extraído

Se sobresee. El quejoso reclama el artículo séptimo del Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley del Impuesto Sobre la Renta, de la Ley del Impuesto al Valor Agregado, de la Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios y del Código Fiscal de la Federación publicado el nueve de diciembre de dos mil diecinueve, que contiene la reforma y adición a los artículos 17-H, fracción X, 17-H Bis del Código Fiscal de la Federación, y octavo transitorio, fracción I, del citado Decreto, con motivo de su sola entrada en vigor, toda vez que la sola entrada en vigor del decreto no trasciende de modo inmediato sobre la esfera jurídica del impetrante, pues como ya quedó de relieve, es necesaria la actualización de una serie de actos a fin de materializar el perjuicio que permite la procedencia del amparo contra leyes

Expediente
231/2020
Tribunal
Juzgado Octavo de Distrito en Materia de Amparo Civil, Administrativa y de Trabajo y Juicios Federales en el Estado de Puebla
Ponente
Pedro Arroyo Soto
Fecha
18 jun 2021
Materia
administrativa
Sentido

Tema · autorreporte del tribunal

Se sobresee. El quejoso reclama el artículo séptimo del Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley del Impuesto Sobre la Renta, de la Ley del Impuesto al Valor Agregado, de la Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios y del Código Fiscal de la Federación publicado el nueve de diciembre de dos mil diecinueve, que contiene la reforma y adición a los artículos 17-H, fracción X, 17-H Bis del Código Fiscal de la Federación, y octavo transitorio, fracción I, del citado Decreto, con motivo de su sola entrada en vigor, toda vez que la sola entrada en vigor del decreto no trasciende de modo inmediato sobre la esfera jurídica del impetrante, pues como ya quedó de relieve, es necesaria la actualización de una serie de actos a fin de materializar el perjuicio que permite la procedencia del amparo contra leyes

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