Las cuotas por la expedición de copias certificadas y la búsqueda de información, cuando no estén vinculadas al derecho de acceso a la información, deben ser proporcionales al costo del servicio y equitativas, sin que el Estado obtenga lucro.
La Suprema Corte de Justicia de la Nación resolvió una acción de inconstitucionalidad promovida por la Comisión Nacional de los Derechos Humanos contra diversos artículos de la Ley de Ingresos del Estado de Nayarit para el ejercicio fiscal 2023. La Corte determinó que las tarifas establecidas para la expedición de copias certificadas y la búsqueda de información, cuando no se relacionan directamente con el derecho de acceso a la información, deben ser proporcionales al costo del servicio y equitativas, conforme al principio de justicia tributaria. Se declaró la invalidez de los artículos impugnados por establecer cobros desproporcionados e injustificados.
Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.