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SJF · Tesis

La orden de visita domiciliaria emitida por las autoridades fiscales se ajusta a derecho cuando se fundamenta en el artículo 16 constitucional y los dispositivos del Código Fiscal de la Federación, sin que sea obligatorio señalar como motivación esencial la selección del contribuyente basada en antecedentes o su importancia recaudatoria.

Expediente
Tribunal
Semanario Judicial de la Federación
Ponente
Fecha
1 nov 1991
Materia
administrativa
Sentido
niega

Holding · resolución sintética

La orden de visita domiciliaria emitida por las autoridades fiscales se ajusta a derecho cuando se fundamenta en el artículo 16 constitucional y los dispositivos del Código Fiscal de la Federación, sin que sea obligatorio señalar como motivación esencial la selección del contribuyente basada en antecedentes o su importancia recaudatoria.

Resumen

La presente ejecutoria aborda la legalidad de una orden de visita domiciliaria emitida por autoridades fiscales. Se determina que dicha orden cumple con los requisitos de fundamentación y motivación al apoyarse en el artículo 16 constitucional y las disposiciones del Código Fiscal de la Federación. La resolución aclara que la autoridad no está obligada a detallar en la orden los motivos específicos de selección del contribuyente, como antecedentes o su relevancia fiscal, siempre que se cumplan las formalidades legales para la práctica de la auditoría.

Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.