La fundamentación de la competencia de las autoridades fiscales en los actos de molestia debe ser precisa, citando los preceptos legales aplicables, así como las circunstancias específicas que la motivan, para garantizar la seguridad jurídica del gobernado.
La Décimo Primera Sala Regional Metropolitana del TFJA analiza la legalidad de una resolución fiscal. La demandante argumentó que el oficio que informaba sobre hechos conocidos durante una fiscalización carecía de fundamentación en cuanto a la competencia de la autoridad emisora. La Sala determinó que el oficio sí cumplía con los requisitos de fundamentación y motivación, citando los artículos del Reglamento Interior del SAT y el Decreto de reforma política de la Ciudad de México que otorgan competencia a la autoridad. Asimismo, se analizó la identificación de los visitadores, concluyendo que se cumplió con la normativa aplicable al haberse identificado ante la persona con quien se entendió la diligencia antes de entregar la orden de visita.
Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.