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338/2025SobreseeTCC11ª Época✓ Fuente verificada
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Tribunal Colegiado en Materias Administrativa y Civil del Octavo Circuito

El sobreseimiento en el juicio de amparo indirecto procede cuando el quejoso no desvirtúa la presunción de constitucionalidad de la norma general.

Expediente
338/2025
Tribunal
Tribunal Colegiado en Materias Administrativa y Civil del Octavo Circuito
Ponente
Alejandro Miguel Camacho Gil
Fecha
15 jun 2026
Materia
administrativa
Sentido
sobresee

Holding · resolución sintética

El sobreseimiento en el juicio de amparo indirecto procede cuando el quejoso no desvirtúa la presunción de constitucionalidad de la norma general.

Resumen

El Tribunal Colegiado modificó la sentencia recurrida y sobreseyó en el juicio de amparo indirecto. La decisión se basó en que el quejoso no logró desvirtuar la presunción de constitucionalidad de la fracción VI del artículo 96 de la Ley de Hacienda para el Estado de Coahuila de Zaragoza. Por lo tanto, se confirmó el sobreseimiento en relación con dicho acto reclamado.

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