El citatorio para una visita domiciliaria debe expresar de manera indubitable que la persona citada deberá esperar a una hora determinada para recibir la orden de visita, y no basta la mención genérica de "desahogar una diligencia".
La legalidad de una visita domiciliaria depende del cumplimiento de las formalidades establecidas en el Código Fiscal de la Federación. En particular, el citatorio debe especificar claramente que el visitado o su representante legal deben esperar a una hora determinada para recibir la orden de visita. No es suficiente utilizar términos genéricos como "desahogar una diligencia", ya que esto vulnera la seguridad jurídica del notificado.
Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.