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2957/2020SCJN11ª Época✓ Fuente verificada
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PRIMERA SALA

La pena convencional pactada en un contrato de arrendamiento, por concepto de mora en el pago de rentas, es exigible aun cuando el pago se haya realizado con posterioridad a la fecha pactada, siempre que se demuestre la existencia del retraso.

Expediente
2957/2020
Tribunal
Suprema Corte de Justicia de la Nación
Ponente
ALFREDO GUTIÉRREZ ORTIZ MENA
Fecha
4 may 2022
Materia
sin clasificar
Sentido

Holding · resolución sintética

La pena convencional pactada en un contrato de arrendamiento, por concepto de mora en el pago de rentas, es exigible aun cuando el pago se haya realizado con posterioridad a la fecha pactada, siempre que se demuestre la existencia del retraso.

Resumen

El presente caso gira en torno a la exigibilidad de una pena convencional pactada en un contrato de arrendamiento, la cual se activó por el retraso en el pago de las rentas. La Suprema Corte de Justicia de la Nación determinó que dicha pena es exigible aun cuando el pago se haya realizado con posterioridad a la fecha pactada, siempre que se acredite el incumplimiento temporal del pago. Ello, en virtud de que la finalidad de la pena convencional es sancionar el retraso y no la falta total de pago.

Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.