InvestigaciónDocumento
En línea
248/2024—TCC11ª Época
Verificado contra fuente oficial
Décimo Octavo Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito· tema sin holding extraído

Negativa de devolución del impuesto al valor agregado por no haber acreditado que los gastos de publicidad de una marca, de la cual es licenciataria, que efectuó en el ejercicio fiscal en cuestión, constituyen gastos estrictamente indispensables para la consecución de su objeto social.

Expediente
248/2024
Tribunal
Décimo Octavo Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito
Ponente
María Eugenia Martínez Carrillo
Fecha
30 jun 2025
Materia
administrativa
Sentido

Tema · autorreporte del tribunal

Negativa de devolución del impuesto al valor agregado por no haber acreditado que los gastos de publicidad de una marca, de la cual es licenciataria, que efectuó en el ejercicio fiscal en cuestión, constituyen gastos estrictamente indispensables para la consecución de su objeto social.

Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.