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SJF · Tesis

El primer acto de aplicación de una ley tributaria, para efectos de determinar si el amparo ha sido consentido, es el pago del impuesto, y no la resolución administrativa que declara improcedente la devolución de lo pagado.

Expediente
Tribunal
Semanario Judicial de la Federación
Ponente
Fecha
1 ene 1959
Materia
administrativa
Sentido

Holding · resolución sintética

El primer acto de aplicación de una ley tributaria, para efectos de determinar si el amparo ha sido consentido, es el pago del impuesto, y no la resolución administrativa que declara improcedente la devolución de lo pagado.

Resumen

En un juicio de amparo, si se reclama una ley tributaria y, de forma autónoma, una resolución que niega la devolución de impuestos pagados bajo esa ley, la resolución no constituye el primer acto de aplicación. Para determinar si la ley ha sido consentida, debe considerarse la fecha en que se realizó el pago del impuesto, conforme a la propia ley reclamada.

Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.