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8/2025OtroSCJN11ª Época✓ Fuente verificada
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SEGUNDA SALA

El recurso de reclamación contra acuerdos de trámite dictados por el presidente de la Suprema Corte de Justicia de la Nación o de sus salas es improcedente si se interpone fuera del plazo legal.

Expediente
8/2025
Tribunal
Suprema Corte de Justicia de la Nación
Ponente
YASMÍN ESQUIVEL MOSSA
Fecha
19 feb 2025
Materia
sin clasificar
Sentido
otro

Holding · resolución sintética

El recurso de reclamación contra acuerdos de trámite dictados por el presidente de la Suprema Corte de Justicia de la Nación o de sus salas es improcedente si se interpone fuera del plazo legal.

Resumen

El presente asunto versa sobre la interposición de un recurso de reclamación contra un acuerdo de trámite. La Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación determinó que dicho recurso es improcedente. Esto se debe a que el plazo para su interposición es de tres días, y en el caso concreto, el recurrente presentó el escrito de agravios fuera de dicho término, considerando los días inhábiles.

Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.