Segundo Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Cuarto Circuito· tema sin holding extraído
En vía de agravios, la impetrante aduce que fue erróneo lo considerado por el A quo, porque contrariamente a lo que sustentó, del sello que aparece en la demanda de garantías se aprecia que ésta se presentó el catorce de febrero de dos mil diecinueve, por lo que su presentación fue oportuna.
En el segundo de sus agravios, aun cuando reitera la ilegalidad del sobreseimiento decretado, refiere también que en el juicio se demostró el perjuicio que le ocasiona la norma impugnada.
Se declaran infundados los agravios en estudio, debido a que la norma reclamada supera el test de proporcionalidad.
Expediente
82/2020
Tribunal
Segundo Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Cuarto Circuito
Ponente
Héctor Riveros Caraza
Fecha
28 abr 2021
Materia
administrativa
Sentido
Tema · autorreporte del tribunal
En vía de agravios, la impetrante aduce que fue erróneo lo considerado por el A quo, porque contrariamente a lo que sustentó, del sello que aparece en la demanda de garantías se aprecia que ésta se presentó el catorce de febrero de dos mil diecinueve, por lo que su presentación fue oportuna.
En el segundo de sus agravios, aun cuando reitera la ilegalidad del sobreseimiento decretado, refiere también que en el juicio se demostró el perjuicio que le ocasiona la norma impugnada.
Se declaran infundados los agravios en estudio, debido a que la norma reclamada supera el test de proporcionalidad.
Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.