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139/2019NiegaSCJNNiega · revoca acto11ª Época✓ Fuente verificada
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PLENO

El artículo 61, párrafo segundo, de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria es inconstitucional al facultar al Presidente de la República para determinar el destino de recursos ahorrados, invadiendo la competencia exclusiva de la Cámara de Diputados.

Expediente
139/2019
Tribunal
Suprema Corte de Justicia de la Nación
Ponente
NORMA LUCÍA PIÑA HERNÁNDEZ
Fecha
5 abr 2022
Materia
sin clasificar
Sentido
niega

Holding · resolución sintética

El artículo 61, párrafo segundo, de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria es inconstitucional al facultar al Presidente de la República para determinar el destino de recursos ahorrados, invadiendo la competencia exclusiva de la Cámara de Diputados.

Resumen

La Suprema Corte de Justicia de la Nación determinó la inconstitucionalidad del artículo 61, párrafo segundo, de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria. La Corte consideró que dicha disposición faculta de manera discrecional al Presidente de la República para determinar el destino de los recursos ahorrados con motivo de la Ley Federal de Austeridad Republicana. Esta facultad, según la Corte, es exclusiva de la Cámara de Diputados, conforme al artículo 74 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, por lo que su delegación al Ejecutivo vulnera la división de poderes.

Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.