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274/2025NiegaSCJN11ª Época✓ Fuente verificada
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PLENO

La inconstitucionalidad de una norma general no puede depender de la situación particular del gobernado, pues los argumentos que se sustentan en circunstancias específicas o hipotéticas resultan inoperantes para controvertir su validez abstracta.

Expediente
274/2025
Tribunal
Suprema Corte de Justicia de la Nación
Ponente
ARÍSTIDES RODRIGO GUERRERO GARCÍA
Fecha
22 ene 2026
Materia
sin clasificar
Sentido
niega

Holding · resolución sintética

La inconstitucionalidad de una norma general no puede depender de la situación particular del gobernado, pues los argumentos que se sustentan en circunstancias específicas o hipotéticas resultan inoperantes para controvertir su validez abstracta.

Resumen

La Suprema Corte de Justicia de la Nación determinó que los agravios de la empresa quejosa eran inoperantes para impugnar la constitucionalidad del artículo 298, inciso E), fracción I, de la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión. Esto se debió a que la empresa no controvirtió las razones por las cuales el Juez de Distrito le negó el amparo, y sus argumentos se basaron en su situación particular, lo cual es ineficaz para demostrar la inconstitucionalidad de una norma general. Por lo tanto, se confirmó la negativa del amparo respecto a la norma reclamada.

Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.