Segundo Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Cuarto Circuito· tema sin holding extraído
Devolución por pago de lo indebido IVA, es procedente, pues el hecho de que los proveedores de la actora por un lado no hayan enterado el IVA materia de traslado, no es una cuestión atribuible a la persona moral actora, ni tampoco es una razón para que los comprobantes fiscales sean nulos o carezcan de valor probatorio.
Expediente
188/2022
Tribunal
Segundo Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Cuarto Circuito
Ponente
Pedro Daniel Zamora Barron
Fecha
11 may 2023
Materia
administrativa
Sentido
Tema · autorreporte del tribunal
Devolución por pago de lo indebido IVA, es procedente, pues el hecho de que los proveedores de la actora por un lado no hayan enterado el IVA materia de traslado, no es una cuestión atribuible a la persona moral actora, ni tampoco es una razón para que los comprobantes fiscales sean nulos o carezcan de valor probatorio.
Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.