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SEGUNDA SALA

La devolución de saldos a favor del Impuesto al Valor Agregado no puede condicionarse al cumplimiento de requisitos no previstos en la ley, como la presentación de complementos de pago de comprobantes fiscales, cuando la normativa aplicable no lo exige expresamente para la procedencia de la devolución.

Expediente
328/2024
Tribunal
Suprema Corte de Justicia de la Nación
Ponente
LENIA BATRES GUADARRAMA
Fecha
5 jun 2024
Materia
sin clasificar
Sentido
concede

Holding · resolución sintética

La devolución de saldos a favor del Impuesto al Valor Agregado no puede condicionarse al cumplimiento de requisitos no previstos en la ley, como la presentación de complementos de pago de comprobantes fiscales, cuando la normativa aplicable no lo exige expresamente para la procedencia de la devolución.

Resumen

La Suprema Corte de Justicia de la Nación analiza la ilegalidad de una sentencia que condicionó la devolución de saldos a favor del IVA al cumplimiento de requisitos no previstos en la ley, como la presentación de complementos de pago. El tribunal determinó que la autoridad fiscal no puede exigir requisitos adicionales a los establecidos en la ley para la procedencia de la devolución, y que la falta de estos complementos no es motivo suficiente para negar la devolución si la operación subyacente cumple con los requisitos legales.

Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.