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4366/2023NiegaSCJN11ª Época✓ Fuente verificada
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SEGUNDA SALA

La fracción I del artículo 52 de la Ley Aduanera, al no prever un procedimiento específico para cuando el poseedor de mercancía extranjera acredita la identidad de los propietarios y estos comparecen al procedimiento, no transgrede los derechos de seguridad jurídica y debido proceso.

Expediente
4366/2023
Tribunal
Suprema Corte de Justicia de la Nación
Ponente
ALBERTO PÉREZ DAYÁN
Fecha
6 dic 2023
Materia
sin clasificar
Sentido
niega

Holding · resolución sintética

La fracción I del artículo 52 de la Ley Aduanera, al no prever un procedimiento específico para cuando el poseedor de mercancía extranjera acredita la identidad de los propietarios y estos comparecen al procedimiento, no transgrede los derechos de seguridad jurídica y debido proceso.

Resumen

La Suprema Corte de Justicia de la Nación analizó la constitucionalidad de la fracción I del artículo 52 de la Ley Aduanera. La quejosa argumentó que la norma es inconstitucional porque no establece el procedimiento a seguir cuando el poseedor de mercancía extranjera demuestra quiénes son los propietarios y estos comparecen al procedimiento, confirmando la titularidad. Sostuvo que en tales casos, la autoridad debería iniciar el procedimiento contra los propietarios y no contra el poseedor. La Corte determinó que la norma no transgrede los derechos de seguridad jurídica y debido proceso, al no prever un procedimiento específico en esa situación particular, la cual debe analizarse caso por caso.

Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.