La determinación de capitales constitutivos por un mismo riesgo de trabajo, basados en las mismas circunstancias y hechos, y por la prestación de los mismos servicios, es ilegal cuando uno de los créditos fiscales ya ha sido pagado.
La Segunda Sala Regional del Noroeste I del Tribunal Federal de Justicia Administrativa declaró la nulidad de una resolución del Consejo Consultivo Delegacional del IMSS y de una cédula de liquidación de capitales constitutivos. La nulidad se fundamentó en que la autoridad fiscal determinó por duplicado los capitales constitutivos por el mismo riesgo de trabajo, para el mismo trabajador y por los mismos hechos, a pesar de que el primer crédito fiscal ya había sido pagado. El tribunal consideró que esta duplicidad violaba los principios de legalidad y seguridad jurídica.
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