La motivación de las multas fiscales debe basarse en circunstancias propias y exclusivas del sancionado, no en generalidades o aspectos que no atienden al caso particular, para evitar inseguridad jurídica y estado de indefensión.
Se establece que cuando una autoridad hacendaria fundamenta una multa fiscal utilizando argumentos generales como la distracción de recursos para el gasto público, el pago extemporáneo o el tratarse de contribuciones retenidas, sin atender a las particularidades del caso concreto del contribuyente, dicha motivación es insuficiente. Esto genera inseguridad jurídica y estado de indefensión para el gobernado, al no poder conocer las razones específicas que justifican el monto máximo de la multa impuesta.
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