El artículo 19 de la Ley Federal de los Derechos del Contribuyente, al establecer que las autoridades fiscales no podrán efectuar determinaciones adicionales con base en los mismos hechos conocidos en una revisión, pero sí cuando se comprueben hechos diferentes, es aplicable a cualquiera de las facultades de comprobación, sin distinguir entre visita domiciliaria o revisión de gabinete.
La Suprema Corte de Justicia de la Nación analizó la constitucionalidad del artículo 19 de la Ley Federal de los Derechos del Contribuyente, el cual limita a las autoridades fiscales a realizar determinaciones adicionales basadas en los mismos hechos ya revisados, salvo que se comprueben hechos diferentes. La quejosa argumentó que esta limitante solo aplicaba a la visita domiciliaria y no a la revisión de gabinete, vulnerando la igualdad y la seguridad jurídica. El Pleno determinó que la disposición es aplicable a todas las facultades de comprobación, sin distinción.
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