El juicio de amparo debe sobreseerse cuando los actos reclamados no son ciertos o no existen al momento de la emisión del fallo.
El Juzgado Quinto de Distrito en Materia Administrativa del Estado de Jalisco, con residencia en Zapopan, sobreseyó el juicio de amparo promovido por el quejoso. La decisión se basó en que los actos reclamados a diversas autoridades del Servicio Estatal Tributario de Jalisco no existían al momento de dictar sentencia, lo cual es una causal de improcedencia que conduce al sobreseimiento del juicio.
Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.