Segundo Tribunal Colegiado del Vigésimo Tercer Circuito· tema sin holding extraído
Asunto de precedente. El cinco de junio de dos mil veinticinco se resolvió por unanimidad de votos, el amparo en revisión 119/2025 de este tribunal, asunto de la misma temática que el que se pone a su consideración.
Suspensión definitiva. El artículo 26 de la Ley del instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado de Zacatecas, vigente a partir del diez de agosto de dos mil veinticuatro, regula el pago de cuotas de seguridad social, las cuales tienen el carácter de contribuciones; por tanto, para decidir sobre el otorgamiento de la suspensión no rigen las reglas generales contenidas en el artículo 128 de la Ley de Amparo, sino la norma especial a que se contrae el numeral 135 de la propia ley.
Por lo mismo, se modifica la resolución recurrida.
Expediente
213/2025
Tribunal
Segundo Tribunal Colegiado del Vigésimo Tercer Circuito
Ponente
Gelacio Villalobos Ovalle
Fecha
22 ago 2025
Materia
administrativa
Sentido
concede
Tema · autorreporte del tribunal
Asunto de precedente. El cinco de junio de dos mil veinticinco se resolvió por unanimidad de votos, el amparo en revisión 119/2025 de este tribunal, asunto de la misma temática que el que se pone a su consideración.
Suspensión definitiva. El artículo 26 de la Ley del instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado de Zacatecas, vigente a partir del diez de agosto de dos mil veinticuatro, regula el pago de cuotas de seguridad social, las cuales tienen el carácter de contribuciones; por tanto, para decidir sobre el otorgamiento de la suspensión no rigen las reglas generales contenidas en el artículo 128 de la Ley de Amparo, sino la norma especial a que se contrae el numeral 135 de la propia ley.
Por lo mismo, se modifica la resolución recurrida.
Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.