La compatibilidad de los incrementos en bonos de despensa y previsión social múltiple para pensionados, conforme al artículo 57, último párrafo, de la Ley del ISSSTE vigente hasta el 31 de marzo de 2007, debe demostrarse mediante pruebas que acrediten que dichos aumentos fueron otorgados de manera general al personal en activo de la dependencia, órgano u organismo para el que el pensionado prestó sus servicios.
La contradicción de tesis analizó si los pensionados del ISSSTE tienen derecho a recibir los incrementos en los bonos de despensa y previsión social múltiple que se otorgan a los trabajadores en activo. Se determinó que, si bien los pensionados tienen derecho a recibir estos conceptos y sus aumentos proporcionales, la carga de la prueba recae en el actor para demostrar que dichos incrementos fueron otorgados de manera general al personal en activo de la entidad donde laboró, y que son compatibles con su calidad de pensionado. La compatibilidad se presume si los conceptos están contemplados en manuales del ISSSTE, pero la generalidad del incremento debe probarse.
Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.