La acción para demandar la declaración de compensación, prevista en el artículo 827 del Código Civil del Estado de Tamaulipas, puede ser ejercida por cualquier persona que tenga interés jurídico en que se declare la insubsistencia de un derecho que se pretende compensar, y no únicamente por las partes que celebraron la compensación.
El artículo 827 del Código Civil del Estado de Tamaulipas define la compensación, pero no limita la acción para declararla solo a quienes la celebran. Se sostiene que cualquier persona con interés legítimo, como aquella cuyo derecho depende de la insubsistencia de la compensación, puede demandar su declaración judicial. Esto se debe a que no existe precepto legal que restrinja esta acción exclusivamente a los deudores y acreedores recíprocos.
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