Los agravios que reiteran los argumentos de la demanda de amparo, sin controvertir las razones de la sentencia recurrida, son inoperantes.
La persona moral A promovió amparo indirecto contra un oficio y los artículos Décimo Cuarto Transitorio y 336, fracción II, de la Ley Federal de Protección a la Propiedad Industrial. El Juez de Distrito negó el amparo respecto al artículo Décimo Cuarto Transitorio y el oficio, y sobreseyó respecto al artículo 336, fracción II. En revisión, la Suprema Corte determinó que los agravios que solo reiteran los argumentos de la demanda, sin combatir las razones de la sentencia, son inoperantes.
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