La denuncia de contradicción de criterios es formulada por parte legítima cuando proviene de los magistrados integrantes de un Tribunal Colegiado de Circuito que sustentó uno de los criterios discrepantes.
La Suprema Corte de Justicia de la Nación analiza la legitimación para denunciar una contradicción de criterios. Se establece que la denuncia es válida cuando es presentada por los magistrados de un Tribunal Colegiado de Circuito que participó en la emisión de uno de los criterios en pugna, conforme a lo dispuesto en la Ley de Amparo.
Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.