La declaratoria de sin materia de un incidente de inejecución de sentencia procede cuando la autoridad responsable ha dado cumplimiento a la ejecutoria de amparo y el juez de distrito ha declarado cumplida la misma.
El presente incidente de inejecución de sentencia se declara sin materia. El quejoso solicitó amparo contra su destitución como policía, la cual fue concedida por el juez de distrito para el pago de indemnización y prestaciones. Tras diversos trámites, la autoridad responsable remitió constancias de cumplimiento, y el juez de distrito declaró cumplida la ejecutoria. Por lo tanto, al haberse cumplido la sentencia de amparo, el incidente de inejecución carece de objeto de estudio.
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